La Justicia da la razón al gerente de un supermercado despedido por quedarse alimentos que se iban a tirar
El organismo judicial incide en que no existió ninguna advertencia previa sobre las consecuencias disciplinarias
La Sala de lo Social del Tribunal Superior de Justicia de Baleares (TSJIB) ha calificado como improcedente el despido del gerente de un supermercado de Mallorca por quedarse productos que iban a tirar. El empleado llevaba trabajando desde 1993 en la empresa y el despido tuvo lugar en noviembre de 2020.
Tras estimar el recurso del trabajador, el Tribunal ha tomado esta decisión al considerar como medida desproporcionada la tomada por el establecimiento, teniendo en cuenta que la supervisora anterior había sido permisiva con este comportamiento y que no hubo advertencias anteriores.
Cómo se produjeron los hechos
El supermercado tiene establecido que al cerrar al público los artículos caducados se recogen y se depositan en un contenedor de un almacén. Así, los empleados no pueden consumir dichos productos. A pesar de esto, la coordinadora que había ejercido años anteriores había sido permisiva con la posibilidad de que los empleados pudieran quedarse productos desechados.
Otra coordinadora, tras tener conocimiento de que el gerente podía haber estado llevándose esos productos sin pagar, le comentó que tenía la tarde libre y que le dejaba al cargo, pero en lugar de marcharse se escondió para observar la entrada y salida de los empleados.
Por la noche sorprendió al gerente llevando a su coche dos bolsas de basura con productos de alimentación, de lo que se iba a retirar ese día, por valor de unos 53 euros, y le hizo abrir el maletero.
Las bolsas contenían dos botes de piña, varias bandejas de champiñones y otras setas, dos ensaladas de pasta y cinco manojos de espárragos que debían ser retirados esa noche. Además, diez minutos antes se había llevado tres sobres de embutidos ibéricos.
Tras esta situación, dos días más tarde el gerente recibía la carta de despido por infracciones de carácter muy grave.
El gerente impugnó el despido
El empleado impugnó el despido y entre sus alegaciones destacó su buena valoración profesional al no tener sanciones previas; también explicaba que había mostrado el contenido del maletero sin tratar de ocultar su comportamiento y negaba que su actitud en ningún momento era robar.
En la parte contraria, la empresa alegaba que el trabajador había retirado los embutidos diez minutos antes del cierre, cuando todavía estaban a la venta y podían haberse vendido. Además, insistía en que mientras los productos no están en la basura fuera de la tienda, siguen siendo propiedad de la empresa.
La empresa también argumentó que el empleado sabía que estaba haciendo algo prohibido y que aprovechó las ocasiones en las que su superior no estaba en el establecimiento para llevarse productos de manera furtiva y antes del cierre de cajas.
El Tribunal considera el despido como improcedente
Los magistrados han resuelto el caso dando la razón al trabajador. Entre las razones apuntan a que el valor de los productos no era ya el equivalente al de venta, puesto que iban a ser retirados; pero, sobre todo, inciden en que no existió ninguna advertencia previa sobre las consecuencias disciplinarias de un comportamiento tolerado con anterioridad, en especial tratándose de un trabajador con más de 25 años de servicios en la empresa.
En este sentido, la Sala razona que el objetivo de las facultades disciplinarias no es tanto sancionar incumplimientos, sino evitar que estos se produzcan. En este caso, especifican que “una advertencia previa quizá habría sido suficiente para evitar el incumplimiento".
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