Luz verde a la marca Badtoro, contra la que lucha Osborne
Una sentencia de la UE alega que no hay riesgo de confusión entre los logotipos con toros empleados por ambas compañías.
La marca catalana Badtoroha ganado la batalla legal frente al toro de Osborne. Y es que el Tribunal General de la Unión Europea ha anulado sendas decisiones de la Oficina de Propiedad Intelectual de la Unión Europea (EUIPO) que denegó registrar dicha marca para artículos de ropa, calzado y productos alimenticios y bebidas entre otros, tal y como reclamó el grupo Osborne, alegando riesgo de confusión entre ambas marcas.
En su sentencia, este tribunal da la razón a la marca catalana y anula las decisiones de EUIPO para no registrarla, alegando que no hay riesgo de confusión por no existir suficientes similitudes entre los logotipos con toros empleados por ambas compañías.
Asimismo, indica que, pese a que ambas marcas utilizan el término 'toro', existen "numerosas" diferencias entre ellas, y el uso del mismo término tiene "escasa incidencia en su comparación en su conjunto", recoge Europa Press. El tribunal europeo concluye que el consumidor no percibirá de manera autónoma ni recordará la palabra toro dentro de la marca de la empresa catalana porque no ocupa una posición "definitiva y autónoma" dentro de la misma, mientras que el elemento denominativo badtoro, junto al dibujo del toro de fantasía, forma "una unidad lógica" diferente del animal representado en las marcas del grupo Orborne.
UN PLEITO MUY DILATADO
El grupo Osborne rechazó en 2010 que la empresa catalana de Jordi Nogués, que comercializa artículos de colección en tiendas Duty Free en aeropuertos en todo el mundo, registrara el signo figurativo 'badtoro' como marca de la UE para diversos artículos y servicios alegando riesgo de confusión con sus marcas verbales Toro y El Toro y su marca figurativa con las letras Toro precedidas por la figura del animal.
También rechazó en 2012 registrar el signo figurativo badtoro como marca de la UE para diversos productos alimenticios y bebidas como café, té, cacao, arroz, harinas, cervezas, aguas minerales y otras bebidas, así como para servicios relacionados, alegando igualmente riesgo de confusión con su marca figurativa Toro con la silueta del animal dentro de un recuadro, utilizada para cervezas, vinos y restauración, entre otros.
En este segundo caso, la EUIPO sólo aceptó parcialmente la reclamación del grupo de Osborne pero desestimó su oposición al registro de la marca catalana para los productos y servicios que no eran idénticos ni similares, es decir, los relacionados con los productos alimenticios y las bebidas.
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