La Justicia europea da la razón a Galletas Gullón

El fabricante había puesto un recurso contra una decisión de la Oficina de Propiedad Intelectual en un caso sobre marcas registradas.

Sede de Galletas Gullón / Archivo
Redacción

24 de octubre 2017 - 13:20

El Tribunal General de la Unión Europea (TUE) ha estimado el recurso de Galletas Gullón contra una decisión de la Oficina de Propiedad Intelectual (EUIPO) que despojó a la sociedad española de sus derechos sobre dos signos tridimensionales registrados como marca de la UE por su falta de uso.

En concreto, a partir de julio de 2014, este organismo retiró los derechos del fabricante de galletas sobre marcas que habían sido registradas años antes tras el recurso presentado por la sociedad británica O2 Holdings, alegando que no habían sido objeto de un uso efectivo durante un periodo ininterrumpido de cinco años (de 2004 a 2009), informa Europa Press.

En aquel momento, la EUIPO destacó que las marcas no figuraban en facturas aportadas por la sociedad palentina, no podrían asociarse a los productos indicados en las facturas, las ventas de los productos designados por las marcas no eran significativas y que la empresa no justificó un uso constante de las marcas ni demostró un uso efectivo de las mismas respecto de los consumidores finales.

CONSIDERACIONES DEL TUE

Ahora, el tribunal con sede en Luxemburgo ha estimado el recurso presentado por Galletas Gullón contra esta decisión y ha anulado en su totalidad las resoluciones de la EUIPO.

En este sentido, ha considerado que las modificaciones a las marcas respecto a los originales registrados "no alteraban su carácter distintivo" porque "se trataba de alteraciones de menor entidad y de índole principalmente ornamental".

Además, el Tribunal ha señalado que, aunque el volumen comercial de la explotación de las marcas sea limitado, las facturas presentadas por la compañía "permitían concluir que las galletas se comercializaron durante el periodo pertinente durante un tiempo suficientemente largo como para afirmar que su uso era efectivo".

Se apoya para defender esta conclusión en artículos de prensa y anuncios publicitarios aportados por Galletas Gullón sobre la comercialización de productos con las marcas tal y como fueron utilizadas y estima que dichos artículos permiten suponer que los consumidores “estuvieron directa o indirectamente en contacto con los mencionados productos designados por las marcas tal y como fueron utilizadas".

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