Lactalis Puleva, primera industria que lleva al Supremo la multa por el cártel de la leche
Industrias Lácteas de Granada, sociedad que controla la planta de la multinacional en la localidad andaluza, impugna, en realidad, la sentencia de la Audiencia Nacional del pasado 13 de febrero, que confirmó la existencia de un cártel de las principales industrias lácteas.
El Tribunal Supremo ha admitido a trámite el recurso presentado por Lactalis Puleva contra la sanción de 10,2 millones que le impuso la Comisión Nacional de los Mercados y la Competencia por formar parte del denominado cártel lácteo, informa Economía Digital.
Industrias Lácteas de Granada, la sociedad que controla la planta de la multinacional francesa en la localidad andaluza, impugna, en realidad, la sentenciade la Audiencia Nacional del pasado 13 de febrero, que confirmó la existencia de un cártel de las principales industrias lácteas para concertar precios en la leche que recogían a las granjas y matizó la multa impuesta a la compañía.
Los magistrados entendieron que parte de las conductas sancionadas correspondían a periodos ya prescritos, al considerar que no se produjo una infracción continuada en el tiempo. De esta manera, obliga a recalcular la sanción impuesta a Lactalis Puleva descontando la parte que ya prescribió. No conforme con esto, el fabricante presenta un nuevo recurso ante el Supremo en el que cuestiona la legalidad de la sanción y advierte de una posible vulneración del principio de seguridad jurídica. En paralelo, la Abogacía del Estado también recurre el fallo para tratar de evitar que se rebaje la multa.
Este es el primer caso que trasciende de admisión a trámite de los recursos de la industria láctea en el Alto Tribunal. Entre los grupos sancionados están también Nestlé, Pascual, Danone o Capsa, es decir, los grandes operadores del sector en España.
Lactalis es el principal operador del sector en España, con ocho fábricas. Una de ellas es la de Puleva en Granada, pero también cuenta con instalaciones en Cataluña, Castilla-La Mancha, Castilla y León y Galicia (en Vilalba y Nadela), territorio donde recoge más de la mitad de la leche que transforma. En un auto del pasado 10 de julio, el Supremo admite su recurso.
ARGUMENTACIÓN DE LACTALIS PULEVA
En su escrito de casación, los servicios jurídicos de Lactalis Puleva plantean al Supremo si Competencia puede dictar una tercera resolución sancionadora respecto a un mismo expediente tras dos anulaciones previas (el expediente se anuló y se reabrió, y ahora debería recalcularse la multa) y si resulta conforme con las exigencias derivadas de la seguridad jurídica y del deber de motivación ínsito a ella la metodología que la CNMC emplea con carácter general y para todos los expedientes sancionadores desde el año 2015.
El auto del Supremo también detalla que Lactalis cuestiona el cálculo de la sanción por parte del superregulador. Concretamente, pregunta si es posible utilizar como referencia la cifra de ventas del grupo para fijar la multa cuando se sanciona a cada filial por separado y si no habría que determinar qué parte de la cifra de negocio corresponde a cada subsidiaria. Hay que recordar que, además de Puleva, también había sido sancionado por la CNMC el Grupo Lactalis Iberia, el holding de la multinacional en España.
Por el contrario, el escrito de la Abogacía del Estado recuerda que la Audiencia Nacional reconoció la existencia de un plan común, y considera que los lapsos temporales de interrupción en la actividad no invalidan esta clasificación y cuestiona que la Audiencia Nacional haya establecido un periodo prescrito en la multa a Lactalis Puleva cuando, a su entender, debería entenderse como una infracción «continua», abarcando todas las conductas sancionadas a lo largo del tiempo.
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