Glovo contratará 2.000 repartidores en España este 2021 para adaptarse a la Ley Rider
Anuncia un "nuevo modelo de relación" para que el 80% de sus trabajadores puedan seguir siendo autónomos. El sindicato UGT dice que este modelo incumple la Ley Rider.
La plataforma de delivery Glovo ha anunciado la contratación de 2.000 repartidores en España antes de que acabe 2021 para adaptarse a la nueva Ley Rider y cumplir con el nuevo marco legal, que obliga a las compañías a contratar a estos trabajadores como asalariados.
En concreto, la plataforma de reparto ha explicado que ha trabajado "a contrarreloj durante los últimos meses" para adaptarse a esta regulación, contando para ello con un periodo de transición "muy corto" para un cambio de tal magnitud, según han informado a Europa Press fuentes de la compañía.
"Queremos que sea una transición real y justa, que cumpla con el marco legal y recoja la realidad del sector", han recalcado desde la plataforma de delivery, que con este plan de transición en España busca adaptarse a la nueva normativa.
De esta forma, Glovo iniciará la contratación directa de cerca de 2.000 repartidores antes de que acabe este año, con horarios y retribuciones fijas y rutas concretas para aquellos servicios que, por su naturaleza, son viables tecnológica y operativamente.
La plataforma ha explicado que se trata de una primera fase de transición que, en los meses siguientes, seguirán completando y ampliando.
Además, Glovo ha anunciado que lanzará un nuevo modelo "inédito en España", que sigue el criterio establecido por el Tribunal Supremo y el Tribunal de Justicia de la Unión Europea. La plataforma de delivery ha explicado que este modelo tendrá "nuevas características" y permitirá "simultanear otras aplicaciones y actividades con total flexibilidad, autonomía e independencia".
De esta forma, Glovo se adapta a la nueva normativa, después de que el pasado mes de septiembre, el Pleno de la Sala Cuarta del Tribunal Supremo declarara que la relación existente entre un rider y la plataforma tenía naturaleza laboral, por lo que rechazó elevar cuestión prejudicial al Tribunal de Justicia de la Unión Europea.
En concreto, el alto tribunal estimó el primer motivo del recurso de casación para la unificación de doctrina interpuesto por el demandante, argumentando que concurrían las notas definitorias del contrato de trabajo, examinando en particular las de dependencia y ajenidad.
UGT acusa a Glovo de incumplir la Ley Rider y pide a Trabajo que actúe
El sindicato UGT ha acusado a Glovo de incurrir en un comportamiento "ilegal" al pretender mantener al 80 % de sus repartidores como autónomos pese a la próxima entrada en vigor de la "Ley Rider", y ha exigido al Ministerio de Trabajo que tome medidas.
El sindicato ha informado este jueves de que adoptará todas las acciones legales necesarias, y ha señalado que el Tribunal Supremo sentó jurisprudencia sobre la existencia de relación laboral entre los repartidores y las plataformas digitales como Glovo, Deliveroo, Stuart o Ubereats.
UGT ha calificado de "irresponsable" el comportamiento de Glovo con su actitud, que vincula con un intento por "ganar tiempo para forzar nuevos procesos judiciales", y ha advertido de que incluso podría acarrear "consecuencias penales".
Además de reclamar a Trabajo que "tome la iniciativa" y garantice el cumplimiento de la normativa, también ha instado a los consumidores a "penalizar el consumo de este tipo de empresas".
"El plan B de Glovo no puede ser admitido por la Administración y su temeridad para saltarse constantemente la ley debe llegar hasta las últimas consecuencias legales", han insistido desde el sindicato.
La reacción de UGT se produce después de que Glovo anunciara la implementación de un "nuevo modelo de relación" para que el 80 % de sus "riders" puedan seguir siendo autónomos, mientras que al resto -unos 2.000- los contratará como asalariados.
La empresa defiende que la "Ley Rider" lo que introduce en realidad es una "presunción de laboralidad", pero bajo su nuevo modelo confía en poder justificar que no existe esa dependencia y que cumple con todos los criterios recogidos en la normativa a la hora de definir el trabajo autónomo.
Entre las novedades figura que los repartidores puedan "conectarse en cualquier momento" -hasta ahora debían escoger con anterioridad en qué franjas horarias estaban disponibles-, que definan qué precio quieren cobrar por envío -y recibir por tanto sólo los pedidos que superen este importe- e incluso "subcontratar ellos mismos a otros repartidores" para completar sus servicios.
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