Cataluña actualiza sus leyes de compra online con nuevas exigencias para los operadores
Los cambios regulan aspectos como espacios y horarios de recogida y afectan también a las denominadas dark stores.
La Generalitat de Cataluña ha actualizado sus leyes de comercio a la compra online. En concreto, el Govern ha aprobado los nuevos redactados de la Ley 18/2017 de Comercio, Servicios y Ferias y el Decreto ley 1/2009 de Ordenación de Equipamientos Comerciales para adaptarlos a "una nueva realidad marcada por los cambios" en los hábitos de consumo, como la compra online, y la configuración de los municipios y sus tramas urbanas.
Los cambios regulan aspectos como espacios y horarios de recogida. De este modo, la ley obliga a los operadores de comercio online a ofrecer puntos de recogida y devolución propios o ajenos en un radio máximo de 500 metros respecto al domicilio privado o la dirección que facilite el cliente (con la excepción de productos de alimentación y gran consumo).
El Govern precisa que los distintos ayuntamientos tendrán margen para ajustar los detalles a la realidad de los sus respectivos municipios y, en el caso de las dark store, pueden determinar con concreción la superficie que deben tener las zonas de espera o estancia.
En cuanto a los puntos de recogida y devolución, los gobiernos municipales deben definir los parámetros de la localización, ya que los 500 metros son un máximo que puede reducirse.
OUTLETS, FESTIVOS Y PROMOCIONES
Entre las novedades del nuevo redactado de la ley, el Govern destaca "más precisión y flexibilidad" en cuestiones vinculadas a las actividades promocionales, los productos excedentes (como los que se comercializan en outlets) o los horarios y festivos.
Así, los productos se podrán vender como excedente, con precios rebajados, una vez pasen seis meses desde que se incorporaron al stock (hasta ahora lo mínimo eran nueve meses) y las catas de noche se podrán aplicar en zonas de amplia afluencia turística y podrán solicitarlo los mercados municipales.
Se extiende a los festivos locales la obligatoriedad de abrir en un día festivo para evitar que se encadenen dos o tres consecutivos, "con el objetivo de evitar el derroche alimentario y un posible desabastecimiento de la población".
ORDENACIÓN DEL COMERCIO
Por lo que respecta al Decreto de Ordenación de los Equipamientos Comerciales, el nuevo redactado que ha aprobado el Govern introduce modificaciones que permiten una mejor ordenación del comercio en el ámbito municipal, dando más margen de maniobra en los ayuntamientos.
Así, los municipios colindantes podrán acordar la creación de una Trama Urbana Consolidada (TUC) supramunicipal y poder arreglar su tejido comercial de forma coordinada y sin tantas limitaciones: no tendrá que ser parcela aislada, el acceso a la TUC no tiene que ser el principal y la superficie construida del establecimiento comercial debe representar como mínimo un 51% de la edificabilidad neta de la parcela.
Asimismo, los pequeños establecimientos comerciales (hasta 800 metros cuadrados) también se podrán establecer limítrofes con la TUC, algo que hasta ahora no se podía, y se podrán abrir pequeños establecimientos donde se quiera en municipios de menos de 5.000 habitantes, siempre que el uso comercial esté debidamente recogido en el planeamiento urbanístico.
Con casi 71.000 empresas y cerca de 87.000 establecimientos en toda Cataluña, el comercio genera cerca del 14% del PIB catalán y emplea a 510.000 personas, de las cuales 298.000 corresponden al comercio minorista y casi 212.000 corresponden al comercio en al por mayor.
Archivado en
No hay comentarios