El comercio pierde 1.800 millones por el hurto multirreincidente

El sector de alimentación y perfumería es especialmente sensible a este tipo de delitos, según indican los empresarios.

Hurto en un supermercado / Archivo
Redacción

04 de diciembre 2019 - 12:29

El hurto multirreincidente afecta notablemente a los comercios en España, que pierden 1.800 millones de euros y que, además, supone la destrucción de empleo, inseguridad y alza de precios, según un documento elaborado por la Confederación Española de Organizaciones Empresariales (CEOE).

La Junta Directiva de la Confederación Andaluza de Empresarios de Alimentación y Perfumería (CAEA) se hace eco también de este análisis y ha acordado solicitar a las Administraciones Públicas que actúen ante el grave perjuicio que supone para el sector comercial de alimentación y perfumería este tipo de hurtos y los robos, "problemas de seguridad que se han incrementado significativamente dando lugar a auténticas bandas organizadas que se dedican al robo de productos de valor, como los ibéricos, bebidas alcohólicas, perfumes, cremas o maquillaje", denuncia esta entidad. El documento de los empresarios cifra en más de 300 millones de euros lo que despilfarra la Administración por el hurto multirreincidente a lo que se suman los citados 1.800 millones.

El sector de alimentación y perfumería "sufre una gran indefensión ante la impunidad con la que actúan los delincuentes"

La presidenta de CAEA, Virginia González Lucena, ha indicado que el sector de alimentación y perfumería "es especialmente sensible a este tipo de delitos, sufriendo una gran indefensión ante la impunidad con la que actúan los delincuentes, que saben perfectamente qué productos de mayor valor tienen que sustraer de los lineales". "Por ello hemos solicitado a la Junta de Andalucía, a través de la Dirección General de Comercio, la creación de un órgano de coordinación en materia de seguridad, con la participación de todos los agentes implicados, que impulse las medidas necesarias para minimizar el impacto negativo de estos delitos en el sector comercial", expone.

"SALE GRATIS AL DELINCUENTE"

En su documento, la CEOE recuerda que, teniendo en cuenta la evolución de denuncias, juicios suspendidos, sentencias, y que no hay consecuencias para el infractor una vez juzgado, dado que se le imponen penas de multa que rara vez se pagan, esta práctica "sale gratis al delincuente profesional, supone un despilfarro para las Administraciones Públicas, un sobrecoste innecesario para el ciudadano y la desmotivación de las Fuerzas y Cuerpos de Seguridad del Estado".

En este sentido, la impunidad de las bandas organizadas que se dedican al hurto en el comercio se ha incrementado, y las sentencias para hurtos reincidentes se limitan al pago de multas que raramente se hacen efectivas, manteniéndose el ritmo de denuncias en torno a las 700.000 al año, sin que tengan consecuencias para los delincuentes.

Asimismo, recalca que la realidad, a día de hoy, es que no existe una herramienta jurídica para luchar contra la multirreincidencia de menos de 400 euros. Y recuerda que los hurtos los realizan "bandas organizadas que buscan productos de alto valor, como botellas de alcohol o embutidos de calidad, y que encuentran fácil salida en el mercado negro".

REFORMAS DE LA LEGISLACIÓN

Ante esta situación, la CEOE reclama la modificación del Código Penal y de la Ley de Enjuiciamiento Criminal para la Ejecución de Delitos Leves con el objetivo de ganar operatividad. La propuesta consiste en añadir al Artículo 235 del citado Código dos puntos, por los cuales, cuando existan dos delitos de hurto menores de 400 euros, se pueda imponer multa de 1 a 3 meses y orden de alejamiento. Y, en caso de un tercer delito por hurto, imponer pena de prisión de 6 a 18 meses y orden de alejamiento.

En cuanto a la Ley de Enjuiciamiento Criminal para la Ejecución de Delitos Leves pide que el juez imponga sentencia 'in voce' cuando el denunciado asista a juicio y se conforme con la pena. Además, requerirá en sala el pago de la multa y realizará los apercibimientos legales necesarios conforme al Art. 48 del Código Penal.

También que el juez requerirá al condenado el pago de la multa en el plazo de 30 días con reducciones por pronto pago. En caso contrario, se sustituirá automáticamente la pena de multa por un día de prisión por cada dos multas impagadas.

Y, finalmente, que el juez requerirá a las Fuerzas y Cuerpos de Seguridad del Estado para que notifiquen 'in situ' citaciones a juicio, sentencias, etc. a las personas que las tengan pendientes cuando las identifiquen. Para ello, es necesario que los juzgados tengan una base de datos con toda la información de estas personas actualizada.

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