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Nuevos requisitos para las normas de comercialización del vino

Ante posibles anomalías del mercado, se analizan, entre otras, la cantidad máxima de vino afectada y las características de las bodegas que deberán aplicar la medida.

Redacción

15 de septiembre 2014 - 14:19

Vino
Vino / Redacción FRS

El Gobierno ha aprobado, a instancia del ministerio de Agricultura, Alimentación y Medio Ambiente (Magrama), un Real Decreto para el sector del vino por el que se fijan los requisitos y el contenido que deben cumplir determinadas normas de comercialización en este sector ante campañas en las que se produzca un funcionamiento anómalo del mercado. El objetivo no es otro que regular la oferta.

Así, de cara a la campaña 2013/2014, el Real Decreto recoge parámetros tales como la cantidad máxima de vino afectada, el mecanismo empleado para regular el mercado y las características de las bodegas que deberán aplicar la medida.

La nueva normativa, surgida de los contactos del Magrama con el sector del vino en los últimos meses, deroga además una serie de normas de calidad de frutas y hortalizas frescas obsoletas, que regulaban la comercialización de estos productos en el mercado interior español antes de la adhesión a la Unión Europea.

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