El Gobierno permitirá a los supermercados limitar la compra de productos
Para evitar desabastecimientos, el ejecutivo modifica la ley de Ordenación del Comercio Minorista con el apoyo de la distribución.
El Gobierno va a permitir que los supermercados puedan limitar la venta de productos para evitar así el desabastecimiento. Podrán hacerlo "de forma temporal y cuando existan circunstancias extraordinarias que lo justifiquen", según las fuentes parlamentarias consultadas por Food Retail & Service.
Para ello, el Ejecutivo ha modificado la Ley 7/1996 de Ordenación del Comercio Minorista. Concretamente, ha añadido un nuevo apartado 3 en el artículo 9 de la norma: "Excepcionalmente, cuando existan circunstancias extraordinarias o de fuerza mayor que lo justifiquen, los establecimientos comerciales podrán suspender con carácter temporal la prohibición prevista en el apartado 2 de limitar la cantidad de artículos que puedan ser adquiridos por cada comprador".
Además de la justificación, señala, los supermercados deberán aplicar esta prohibición "de manera proporcionada cuando sea necesario para impedir el desabastecimiento y garantizar el acceso de los consumidores en condiciones equitativas".
RACIONAMIENTO Y LIBERTAD DE MERCADO
Hace apenas un par de semanas, las asociaciones de consumidores advertían de la ilegalidad que supone la práctica de limitar el número de unidades de un producto. Se referían entonces al aceite de girasol que se podría comprar, cuando vimos en los supermercados carteles que limitaban su venta por persona y día.
Las asociaciones de consumidores anunciaron que estaban preparando una batería de denuncias contra los establecimientos infractores. Ahora han calificado esta medida de "irresponsable" y advierten de que esta medida provocará el acaparamiento de bienes y el desabastecimiento.
La Ley 7/1996, de 15 de enero, de Ordenación del Comercio Minorista, establecía hasta ahora que "los comerciantes no podrán limitar la cantidad de artículos que pueden ser adquiridos por cada comprador ni establecer precios más elevados o suprimir reducciones o incentivos para las compras que superen un determinado volumen. En el caso de que, en un establecimiento abierto al público, no se dispusiera de existencias suficientes para cubrir la demanda, se atenderá a la prioridad temporal en la solicitud".
El Gobierno ha decidido modificar este artículo para volver a legislaciones anteriores a la reinstauración de la democracia.
EL GOBIERNO Y LA DISTRIBUCIÓN DEFIENDEN LA MEDIDA "CONSENSUADA"
"Lo importante es que hagamos una llamada a la responsabilidad. A veces se producen alarmas guiadas por el nerviosismo. Eso es lo que contempla el plan y creo que lo importante es que hagamos una llamada a la responsabilidad, que entre todos nos corresponde transmitir un mensaje de tranquilidad a la ciudadanía", ha afirmado la ministra de Transportes, Movilidad y Agenda Urbana, Raquel Sánchez, en el Congreso de los Diputados.
"Todos debemos ser responsables en ese sentido. Las comercializadoras y supermercados también. Eso es lo más importante en un contexto complicado", ha resaltado.
En la misma línea se ha pronunciado la ministra de Industria Comercio y Turismo, Reyes Maroto, que ha afirmado que el Gobierno ha estado trabajando el plan de respuesta con todos los sectores económicos, en particular con el sector de la distribución, con quien ha consensuado esta medida, que "como bien dice el artículo lo que permite es dar seguridad jurídica para que ellos puedan limitar el número de artículos y con ello evitar el acaparamiento pero, sobre todo, que haya acceso equitativo para todos los consumidores".
"Es una medida que da seguridad jurídica. Está muy acotada para que lo hagan con carácter excepcional y justificado, pero respondemos a una necesidad que el sector de la distribución nos trasladó y que se ha puesto de manifiesto como consecuencia de los paros patronales de transporte", ha destacado.
Desde la Asociación Nacional de Grandes Empresas de Distribución (Anged), que engloba a empresas como El Corte Inglés, Carrefour o Ikea, entre otros, han indicado a Europa Press que "el objetivo exclusivo de este Real Decreto-Ley es la protección del consumidor". Según han explicado, en él se recoge el sentido de una nota informativa que ya emitieron las direcciones generales de Consumo y la de Política Comercial a mediados de marzo, cuando hubo problemas con el aceite de girasol.
La patronal precisa que la Ley de Comercio Minorista establece una obligación de venta que "no es absoluta", pudiéndose llevar a cabo limitaciones de ventas cuando se den razones "objetivas y justificadas", según la interpretación de estas dos direcciones generales. Por ejemplo, puede haber limitaciones puntuales en el número de botellas de aceite de girasol que compra un consumidor para que un mayor número posible de consumidores pueda comprar.
En este sentido, Anged ha señalado que el Real Decreto-Ley da seguridad jurídica a la nota informativa que ya emitieron dichas direcciones generales. "Este tipo de notas son interpretativas, por tanto, el Real decreto-Ley refuerza lo que la Administración competente ya había expresado con el caso del aceite de girasol, con el objetivo de proteger a los consumidores", explica la patronal.
Pocos días después de iniciarse el conflicto bélico en Ucrania, la Asociación Española de Distribuidores, Autoservicios y Supermercados (Asedas) avisó de que algunas empresas de distribución alimentaria estaban adoptando medidas de limitación de venta de aceite de girasol debido al "comportamiento atípico" del consumidor que se había producido.
La asociación aclaró que la "demanda anómala" afectaba a un número "muy limitado" de productos relacionados con el aceite de girasol procedentes de Ucrania ante el temor de que se produjera el llamado 'efecto papel higiénico', como ya ocurrió en la pandemia.
El acopio de productos en algunos puntos de venta se ha incrementado también en los últimos días a raíz del paro de los transportistas, aunque la situación ya se va normalizando.
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