Multas de 100 euros por no usar mascarilla en el súper
El Gobierno no se plantea el fin de la obligatoriedad de llevarlas en lugares públicos hasta que no dé por cerrada la crisis de la Covid-19.
Está claro que las mascarillas son el nuevo complemento sin el cual ya no se puede salir de casa. En estos meses de crisis hemos visto cómo el Gobierno ha pasado de simplemente recomendar su uso a hacerlo obligatorio y ya sabemos algo más: el borrador del decreto para esa nueva normalidad, que el Ejecutivo tiene previsto aprobar este martes en Consejo de Ministros, no se plantea el fin de la obligatoriedad de llevarlas en lugares públicos hasta que no dé por cerrada la crisis de la Covid-19. Es más, también se podrá multar con hasta 100 euros por no llevarlas. El decreto deja abierta la posibilidad de regularlas en las zonas al aire libre, sin fijar nada de momento, informa El País.
A este respecto, cabe recordar que a finales del mes de marzo, Austria tomaba la delantera en esta cuestión y ya imponía el uso obligatorio de mascarilla en los supermercados. Sin duda, una manera no solo de proteger a quienes las llevan, sino de evitar que potenciales portadores del virus lo trasmitan a otras personas, como apuntaba entonces el canciller austriaco, el conservador Sebastian Kurz.
La medida permitió a este país salir de la crisis mucho antes que España, en donde se perdió un tiempo precioso debatiendo su utilidad. De hecho, el pasado 1 de mayo Austria daba por vencido al coronavirus y pasaba a otra etapa, con la proyección de su país al exterior en una "alianza de países inteligentes" (entre los que no se encontraba España) y que aglutinaba a aquellos Estados que supieron gestionar la crisis sanitaria y que se unían para estrechar lazos.
NORMAS EN COMERCIOS Y CENTROS DE TRABAJO
Pues bien, ahora el citado borrador del decreto, que marca las líneas generales, deja en manos de las comunidades autónomas otros detalles aunque es claro respecto al uso de las mascarillas y la distancia obligatoria en los centros de trabajo, por ejemplo.
En este sentido, el decreto también plantea normas generales para los centros de trabajo. Las empresas deberán "adaptar la ordenación de los puestos de trabajo, la organización de los turnos y las condiciones de trabajo de forma que se garantice el mantenimiento de una distancia de seguridad interpersonal mínima de entre 1,5 y 2 metros entre los trabajadores. Cuando ello no sea posible, deberá proporcionarse a los trabajadores equipos de protección adecuados al nivel de riesgo".
En el caso de los establecimientos comerciales, el texto indica que habrá de asegurarse la adopción de las "medidas organizativas que resulten necesarias para evitar aglomeraciones y garantizar que clientes y trabajadores mantengan una distancia de seguridad de entre 1,5 y 2 metros. Cuando no sea posible mantener dicha distancia de seguridad, se observarán las medidas de higiene adecuadas para prevenir los riesgos de contagio".
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