Dudas sobre el uso obligatorio de mascarillas: alimentos y terrazas
Desde el pasado 21 de mayo deben llevarse en "vía pública, espacios al aire libre y en espacios cerrados de uso público o que se encuentre abierto al público", según indica el BOE.
Las mascarillas son, en estos momentos, el producto estrella. Desde que se decretó el estado de alarma y tras declaraciones poco claras desde fuentes oficiales sobre la conveniencia o no de utilizarlas y dónde, ahora el Gobierno ha decidido que su uso es obligatorio desde este pasado jueves, 21 de mayo, en "vía pública, espacios al aire libre y en espacios cerrados de uso público o que se encuentre abierto al público", tal y como ha publicado el Boletín Oficial del Estado.
El caso es que los ciudadanos siguen teniendo bastantes dudas a este respecto y se preguntan quiénes están eximidos de utilizarlas, en qué situaciones no está obligado su uso, por ejemplo.
Pues bien, según la nueva norma, quedan exentas de esa obligación "actividades incompatibles" con su uso, como la ingesta de alimentos y bebidas (incluye las terrazas de bares y restaurantes), y en circunstancias en las que exista una "causa de fuerza mayor" o "situación de necesidad".
En cuanto a las tiendas o el supermercado, es obligatorio llevarlas a menos que sea posible mantener la distancia de seguridad de dos metros, lo que no suele ocurrir en estos establecimientos.
Desde finales del pasado mes de abril, las cadenas de supermercados han puesto a la venta mascarillas higiénicas en packs en los que la unidad cuesta 0,60 euros. Un alivio para los consumidores dada la escasez que durante semanas ha habido de este producto desde que se declaró el estado de alarma.
EJERCICIO FÍSICO
Ir en bicicleta y correr son otras actividades que estarían exentas del uso de mascarilla, así como las actividades deportivas al aire libre cuya práctica dificulte la respiración.
Tal y como explicaba recientemente Fernando Simón, director del Centro de Coordinación de Alertas y Emergencias Sanitarias del Ministerio de Sanidad, hay que ponérsela cuando no se pueda garantizar la distancia de dos metros. "Si uno ve que en la calle no se puede, se la pone. No creo que tengamos que explicar más, el nivel de comprensión de la población española está por encima", matizó.
El Gobierno incide, en cualquier caso, en que la población ha de mantener "distanciamiento social", una de las principales medidas para evitar el contagio, junto al lavado frecuente de manos.
Asimismo, los menores de seis años están exentos del uso de mascarillas (aunque se recomiendan entre los que tienen 3 y 5 años) así como las personas con Trastorno del Espectro Autista (TEA). Tal y como recoge el BOE, la excepción aplica a "personas en las que el uso de mascarilla resulte contraindicado por motivos de salud debidamente justificados, o que por su situación de discapacidad o dependencia presenten alteraciones de conducta que hagan inviable su utilización".
Aunque la nueva orden no establece sanciones para los que infrinjan la norma, las autoridades podrían aplicar multas por desobediencia que irían desde los 100 a 600 euros (faltas leves) hasta los 30.000 euros si se trata de faltas graves e incluso 600.000 si son muy graves, tal y como recoge el artículo 39 de la Ley de Seguridad Ciudadana.
USO CORRECTO DE LA MASCARILLA
Es preciso seguir los siguientes consejos:
- Antes del uso o manipulación de la mascarilla hay que limpiarse bien las manos.
- La mascarilla debe estar siempre en su posición correcta. No se retira para hablar, toser, etc.
- La mascarilla debe cubrir siempre la nariz y la boca.
- La mascarilla no se toca y nunca se debe meter el dedo por dentro.
- Para retirar la mascarilla hay que hacerlo tirando de las gomas o cintas, evitando tocar el tejido. La mascarilla tiene que ser utilizada siempre del mismo lado.
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