Competencia multa a Capsa con 135.000 euros por comprar Flor de Burgos sin notificación previa
El fabricante informó de esta operación a la CNMC tres meses más tarde, incumpliendo así las normas sobre competencia.
La Comisión Nacional de los Mercados y la Competencia (CNMC) ha impuesto a Corporación Alimentaria Peñasanta (Capsa) una sanción de 135.000 euros por comprar la empresa Lácteas Flor de Burgos, incumpliendo el requisito de notificar la operación previamente.
La multa se aplica a Capsa por la adquisición en diciembre de 2023 de Flor de Burgos sin notificarla antes (lo hizo tres meses más tarde, con lo que se incumplen las normas sobre competencia). Antes de ejecutar una adquisición, las compañías están obligadas a notificárselo a la CNMC.
Según este organismo, la compañía ha cometido la denominada práctica de 'gun jumping' (expresión inglesa que alude a los atletas que empiezan a correr antes de que se produzca el disparo de salida). Ello supone incumplir el artículo 9.1 de la Ley 15/2007, de 3 de julio, de Defensa de la Competencia (LDC), que obliga a las empresas a notificar sus adquisiciones a la CNMC antes de ejecutarlas.
La CNMC fue informada de la operación de Capsa tres meses después, en marzo de 2024, la notificación formal tuvo lugar el 8 de abril y el 17 de abril la compra fue autorizada en primera fase. En septiembre de 2024, Competencia inició un procedimiento sancionador contra Capsa por haber incumplido su deber de notificación.
Contra esta resolución podrá interponerse directamente recurso contencioso-administrativo ante la Audiencia Nacional en el plazo de dos meses.
A este respecto, la empresa ha señalado a Efeagro que la sanción impuesta se debe a "una mera cuestión formal" y "será objeto de recurso" por su parte.
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