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Limitar la venta de productos en el súper: esto es lo que dice la ley

Muchos consumidores vuelven a la compra de pánico, lo que hecho que algunas cadenas limiten la venta de ciertos productos. La OCU precisa y la ley también.

Food Retail & Service

25 de marzo 2022 - 12:47

Lineales de leche prácticamente vacíos en un hipermercado Alcampo
Lineales de leche prácticamente vacíos en un hipermercado Alcampo / Archivo

La guerra de Ucrania la que se ha sumado la huelga del transporte en España y, en general, el encarecimiento de los productos básicos y de la energí, han generado alarma en los consumidores, hasta el punto de que muchos se han lanzado a acaparar algunas categorías de alimentos (como el aceite de girasol o la leche, entre otras). Esta reacción ha provocado que algunas cadenas de supermercados hayan comenzado a limitar las unidades que venden por comprador.

Sin embargo, desde la Organización de Consumidores y Usuarios (OCU), ya han alertado respecto a esta práctica: "Consideramos incomprensible la restricción de las ventas que están practicando algunas cadenas como Mercadona y Eroski", señalan en su página web. "De entrada, este tipo de medidas generan una creciente alarma entre los consumidores y favorecen la subida de precio del producto", asegura la entidad.

En este sentido, la OCU recuerda que la Ley del Comercio Minorista "prohíbe limitar la cantidad de artículos que pueden ser adquiridos por cada comprador, con lo que limitar la venta de aceite es contrario a la ley", precisa.

LA LEY PRECISA

Efectivamente, la Ley 7/1996, de 15 de enero, de Ordenación del Comercio Minorista, en el artículo 9.2 expone lo siguiente: "Los comerciantes no podrán limitar la cantidad de artículos que pueden ser adquiridos por cada comprador ni establecer precios más elevados o suprimir reducciones o incentivos para las compras que superen un determinado volumen".

Sin embargo, este artículo recoge también que, en el caso de que en un "establecimiento abierto al público, no se dispusiera de existencias suficientes para cubrir la demanda, se atenderá a la prioridad temporal en la solicitud".

Queda claro que, en situaciones excepcionales como las que nos encontramos actualmente, se ofrece cierta flexibilidad.

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