Las empresas que conforman la cadena alimentaria, incluidas las de hostelería y restauración, tendrán hasta el 3 de abril de 2026 para perfilar su plan de aplicación para la prevención de las pérdidas y el desperdicio alimentario y los acuerdos que suscriban para la donación con agentes sociales.
Así lo han confirmado este jueves fuentes del Ministerio de Agricultura, Pesca y Alimentación (MAPA) a raíz de la publicación en el Boletín Oficial del Estado (BOE), el pasado 2 de abril, de la Ley 1/2025 de prevención de pérdidas y el desperdicio alimentario.
Con esta normativa, tanto los planes de prevención como los acuerdos de donación serán obligatorios excepto para las explotaciones agrarias con menos de 50 trabajadores y las pequeñas empresas de menos de diez trabajadores.
Han aclarado que la Ley del desperdicio no tiene efectos retroactivos, porque "evidentemente hasta que no está publicado en el BOE, no puede considerarse que es obligatorio todo lo contenido en la ley", pese a que en boletín señalaba que su entrada en vigor era el 2 de enero.
El ministerio ha anunciado que su web incuirá en las próximos días un apartado de preguntas y respuestas sobre la ley de desperdicio y la posibilidad de contestar a las dudas que se planteen a través de una dirección de correo que está disponible en el portal.
Desde el ministerio y otras administraciones públicas ya está prevista la publicación en los próximos meses de "guías de buenas prácticas" que permitan ayudar a la trazabilidad de los alimentos que reciben y posteriormente donan las empresas.
"Es una ley sencilla, con pocas obligaciones, con unas sanciones tampoco excesivamente altas con el espíritu del legislador de proponer, favorecer y concienciar a todos los operadores" sobre la importancia de evitar el desperdicio alimentario, ha subrayado el ministerio.