Quantcast
120.000 seguidores
40.000 suscriptores

Nueva guía para no perderse con el etiquetado europeo de alimentos

Lanzada por Fiab, Aces, Anged y Asedas, explica cómo se aplicará el nuevo reglamento europeo en nuestro país.

Redacción FRS

18 de marzo 2014 - 17:18

Presentación guía consumidor
Presentación guía consumidor / Redacción FRS

Desde septiembre de 2011 existe un reglamento que regula el etiquetado de los alimentos en la UE. Casi tres años después, el próximo 13 de diciembre, este reglamento ya en vigor será aplicable para las empresas que aún no hayan incluido esta nueva norma de etiquetado.

Por ello, distintas organizaciones como la Federación Española de Industrias de la Alimentación y Bebidas (FIAB), la Asociación de Cadenas Españolas de Supermercados (Aces), la Asociación Nacional de Grandes Empresas de Distribución (Anged), y la Asociación Española de Distribuidores, Autoservicios y Supermercados (Asedas), han presentado una guía que explica cómo es esta nueva información que se facilitará al consumidor.

El reglamento (UE) nº 1169/2011 no se limita únicamente a elevar de rango o armonizar algunas cuestiones ya reguladas, sino que introduce importantes novedades. En primer lugar, se establece una información nutricional obligatoria en el campo visual principal. Es decir, todo producto tendrá que indicar el valor energético que aporta o el valor energético y las grasas, ácidos grasos saturados, azúcares y sal, pero sólo estos datos, ninguno más en el campo visual principal.

Además, esta información deberá expresarse por 100 gramos o 100 mililitros aunque también podrá expresarse el valor energético por porción, pero sólo como información complementaria, nunca sustitutiva de su valor por 100 gramos o 100 mililitros.

NUEVO ETIQUETADO DE ORIGEN

Otra de las novedades es el etiquetado de origen. En él debe indicarse el dato de país de origen o lugar de procedencia en algunos casos: cuando sea obligatorio por alguna ley específica, según lo establecido para las carnes de porcino ovino y caprino o cuando su omisión pueda inducir a error porque el alimento tenga un país de origen diferente al lugar de procedencia final.

De etiquetado voluntario en cuanto a su procedencia serán los tipos de carne distintos del vacuno, porcino y ovino-caprino; la leche; la leche como ingrediente en productos lácteos; alimentos no elaborados; ingredientes que representen más del 50% del producto; y la carne usada como ingrediente.

En tercer lugar, un elemento clave en el nuevo etiquetado a nivel europeo: la legibilidad. A partir de ahora la información debe ser fácilmente visible, claramente legible y, en su caso, indeleble.

LOS ALÉRGENOS, PROTAGONISTAS DEL NUEVO REGLAMENTO

La cuarta novedad en que la guía hace hincapié es una de las más importantes: el etiquetado de alérgenos. A partir de ahora los productos que causen alergias se deberán indicar, también en el caso de los alimentos no envasados, en la lista de ingredientes con la referencia del nombre de la sustancia y destacado con una tipografía que lo distinga del resto de los ingredientes.

Este es uno de los puntos claves del nuevo etiquetado. Tanto es así que desde las asociaciones alimentarias como desde el Ministerio se ha enfatizado en la necesidad de crear una nueva guía de alérgenos que amplíe la actual. Y es que la normativa europea permite que mediante un Real Decreto, España pueda informar de alérgenos tanto en etiquetas de productos como en el sector de la restauración, “de forma oral, aunque con apoyo documental en estos negocios”.

Por último, el nuevo reglamento obliga a informar de la cantidad neta del producto en unidades de volumen en el caso de los productos líquidos y de peso en el de los demás.

stats