Nueva victoria de Puig: gana en apelación contra Yodeyma
La sentencia dictamina que el uso de las marcas de perfumes de Puig es constitutivo de competencia desleal por publicidad ilícita.
Nueva victoria de Puig contra las fragancias comercializadas como imitación de sus marcas notorias. Ahora, la Audiencia Provincial de Alicante ha ratificado la condena a Yodeyma, que deberá cesar en el uso de marcas de Puig en su actividad comercial por cualquier medio escrito u oral, incluido el buscador disponible en su sitio web, así como a indemnizar a la compañía.
Así, en su sentencia de 2 de junio de 2017, que tiene alcance en toda la UE, la Audiencia Provincial de Alicante ha desestimado íntegramente el recurso de apelación de Yodeyma Parfums, compañía dedicada a la distribución y comercialización de fragancias que se presentan como imitación de perfumes originales a los que supuestamente equivaldrían en olor, según un comunicado de Puig que recoge Europa Press.
El uso de las marcas de Puig por parte de Yodeyma se realiza mediante el suministro de listados de equivalencias así como mediante un buscador en su página web que tiene como criterio de búsqueda las marcas de reputados perfumes de Puig, entre otras, Carolina Herrera, Paco Rabanne, Nina Ricci y Jean Paul Gaultier.
La Audiencia Provincial afirma que las marcas de Puig no son términos descriptivos de características olfativas sino marcas de fantasía y que, por lo tanto, Yodeyma no puede ampararse para su uso en el derecho de información al consumidor.
En consecuencia, la sentencia dictamina que el uso por las demandadas de las marcas de reputados perfumes de Puig en actos de ofrecimiento, distribución, comercialización y promoción de sus fragancias de equivalencia, infringe las referidas marcas y además es constitutivo de competencia desleal por publicidad ilícita y aprovechamiento de la reputación ajena debido a la explotación parasitaria de las marcas notorias de Puig.
Asimismo, Yodeyma deberá abstenerse de suministrar a los establecimientos minoristas o a cualquier tercero, cualquier tipo de material, díptico, listado o medio de identificación que contengan dichas marcas, abstenerse de explotar dichas marcas en su actividad comercial por cualquier medio, incluido el discurso comercial a sus clientes o potenciales clientes, así como a indemnizar a Puig.
Novedades destacadas
También te puede interesar