¿Podría quedarse Schweppes sin la exclusividad de la marca?
Conclusiones de Paolo Mengozzi, abogado general del Tribunal de Justicia de la Unión Europea (TUE).
La disputa entre Schweppes S.A. y Coca-Cola ha sumado ahora un nuevo capítulo al darse a conocer las conclusiones de Paolo Mengozzi, abogado general del Tribunal de Justicia de la Unión Europea (TUE), quien ha señalado que Schweppes S.A. no puede invocar el derecho exclusivo de explotación en España frente a la comercialización de botellas procedentes de Reino Unido, donde la marca es propiedad de Coca-Cola, si la marca se encuentra bajo un control único entre ambas compañías y si Schweppes S.A. puede determinar los productos en los que se coloca la marca en Reino Unido y controlar su calidad.
Esta opinión no es vinculante de cara a la esperada sentencia del Tribunal Europeo, pero como en otros casos sí determina un criterio a seguir, informa la agencia Europa Press.
Schweppes ha celebrado la decisión del abogado general de la Unión Europea, ya que asegura que la compañía no comparte el control de la marca Schweppes con el Grupo Coca-Cola: "Schweppes está muy satisfecha con la decisión del abogado general puesto que no hace sino confirmar la posición que ha venido sosteniendo y su política de protección de la marca Schweppes en España, ya que, no sólo no existe ningún tipo de vinculación ni económica ni comercial entre los titulares de la marca en ambos países, sino que de ningún modo comparte el control de la marca con el Grupo Coca Cola".
Como recordaréis, el problema radica en que Orangina Schweppes Group, a la que pertenece la sociedad Schweppes S.A., fue durante muchos años la única titular de los diferentes registros nacionales de la marca, pero cedió en 1999 a Coca-Cola los derechos sobre la misma en trece países de la Unión Europea y se reservó la titularidad de ellos en los 18 restantes.
Ante ello, Schweppes S.A. siempre ha considerado que la importación procedente de Reino Unido es ilegal porque las botellas de tónica no han sido fabricadas y comercializadas por ella misma o con su consentimiento, sino por Coca-Cola, que no tienen ningún vínculo con el grupo Orangina Schweppes. Además, sostiene que el consumidor no será capaz de distinguir la procedencia empresarial de las botellas.
Mientras, la sociedad Red Paralela, que pretende importar y comercializar en España botellas Schweppes procedentes del Reino Unido, defiende el agotamiento del derecho de marca por el consentimiento tácito de los productos con la marca Schweppes procedentes de los Estados miembros de la UE en los que Coca-Cola es titular de la marca.
Corresponde al Juzgado de lo Mercantil número 8 de Barcelona, tras aclarar los vínculos entre Schweppes International y Coca-Cola, examinar si se cumplen los requisitos para el agotamiento del derecho de la primera en relación con las botellas de tónica de marca Schweppes.
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