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Bienestar animal: lo obligatorio y lo voluntario

A la normativa del Mapama se unen otras de carácter voluntario, públicas y privadas.

CRISTINA PÉREZ

06 de noviembre 2018 - 16:20

Granja de vacas
Granja de vacas / Archivo

El bienestar animal es una cuestión que cada vez interesa más a los consumidores. En esta coyuntura de recuperación económica, el shopper tiene cada vez más en cuenta otros valores además del precio en su decisión de compra, una de las cuales es el respeto al medio ambiente.

Así, un comprador cada vez más informado se interesa en conocer cómo se alimenta, cuál es el ciclo de vida y cómo ha sido sacrificado el animal que está consumiendo, antes de decidir si lo compra o no. Dado el aluvión de información contradictoria que llena internet, hemos querido arrojar un poco de luz al respecto.

Normativa obligatoria: Ministerio de Agricultura

El primer pilar del bienestar animal es la normativa del Ministerio de Agricultura, Pesca y Alimentación (Mapa). Se trata del Código de Protección y Bienestar Animal, cuya última actualización data de septiembre de 2018 y que puede consultarse en este link.

Esta normativa cuenta con un apartado general que atañe a cualquier animal en explotaciones ganaderas, respecto a su cría, alimentación, transporte y sacrificio. Además, cuenta con capítulos específicos por especies (terneros, cerdos, conejos, aves de puesta, aves de carne y caballos, entre los de granja).

El Ministerio de Agricultura cuenta con un reglamento obligatorio de bienestar animal por especies

El reglamento prohíbe algunas de las prácticas más temidas por los consumidores responsables, como serían:

  • La administración de medicamentos para el engorde (“no se administrará a ningún animal ninguna otra sustancia, a excepción de las administradas con fines terapéuticos o profilácticos o para tratamiento zootécnico”), con la prohibición expresa del uso de determinadas sustancias que interfieren en el crecimiento y desarrollo normal del animal, en concreto las “de efecto hormonal y tireostáticos y sustancias β-agonistas”.
  • Iluminación continuada, una especial fuente de preocupación para los consumidores en el manejo de aves de puesta (“los animales albergados en las instalaciones no se mantendrán en oscuridad permanente ni estarán expuestos sin una interrupción adecuada a la luz artificial”).
  • Inmovilización de los animales (“no se limitará la libertad de movimientos propia de los animales de manera que se les cause sufrimiento o daños innecesarios”).
  • Animales enfermos y epidemias (“todo animal que parezca enfermo o herido recibirá inmediatamente el tratamiento apropiado y, en caso de que el animal no responda a estos cuidados, se consultará a un veterinario lo antes posible. En caso necesario, los animales enfermos o heridos se aislarán en lugares adecuados”).

DOP e IGP: un paso más

A la normativa obligatoria de bienestar animal se unen los requisitos específicos que exigen las denominaciones de origen e indicaciones geográficas protegidas. Estas exigencias están en general asociadas a la alimentación de los animales y al lugar y características de su crianza, y se incluyen en sus respectivos Pliegos de Condiciones.

Así por ejemplo, la DOP Jabugo exige que la última fase de engorde del animal se realice en dehesa y la alimentación sea exclusiva o mixta de bellota y hierba de la montanera. Por su parte, la IGP Ternera de Asturias obliga a que sus animales disfruten de cinco meses de amamantamiento mínimo y “en la alimentación suplementaria, se utilicen productos naturales y alimentos concentrados autorizados por el Consejo Regulador. En todo caso, queda expresamente prohibido el empleo de productos que puedan interferir en el ritmo normal de crecimiento y desarrollo del animal, así como el de derivados animales reciclados”.

Sellos de entidades privadas

Entidades de certificación como Aenor cuentan también con una certificación de bienestar animal. Según explica la certificadora en su página web, este sello especifica los requisitos que deben cumplir las explotaciones ganaderas y mataderos. “Las auditorías se basan en la observación directa del propio animal, mediante la evaluación de cuatro principios: buena alimentación, buen alojamiento, buena salud y comportamiento apropiado. Dentro de estos cuatro principios, se identifican doce criterios de bienestar animal diferentes pero complementarios entre sí”. Este es el sello con el que cuentan empresas como Calidad Pascual, Grupo Miguel Vergara e Incarlopsa, entre otras.

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