La OCU advierte sobre abusos en las terrazas de los bares y restaurantes
Hay conceptos que no pueden cobrarse sin señalarlo claramente, como el suplemento por terraza. Y otros necesitan además del consentimiento expreso del cliente, como el aperitivo o el pan.
La Organización de Consumidores y Usuarios (OCU) ha advertido que en una sociedad de libre mercado los precios de los productos y servicios de hostelería son libres, pero “deberán estar siempre claramente indicados en la carta y en la lista de precios del establecimiento”.
Con esto, la OCU ha elaborado una lista con ciertos abusos que pueden cometerse en bares y restaurantes, como cobrar suplementos por el servicio en terraza, salvo que se indique claramente en la carta.
“Es legal fijar un consumo mínimo o un tiempo máximo en terraza, pero solo si se informa expresamente al cliente cuando la ocupe”, afirma la OCU. Tampoco se podrá cobrar ni negarse a dar agua del grifo de forma gratuita a los clientes, aun cuando estimen que el sabor no es bueno.
ABUSOS EN TERRAZAS
Otros puntos de esta lista son:
- Cobrar por el servicio de mesa o por el cubierto es ilegal, está implícito en el propio servicio de hostelería. El aperitivo o el pan pueden cobrarse si se solicitaron y se indica su precio.
- Los pescados, carnes y mariscos con precio en la carta según mercado, deberán incluir una base o peso que permita conocer el precio aproximado.
- Si se ofrece un producto de fuera de carta, deberá avisarse de su precio, de lo contrario el cliente puede abonar el precio de un plato similar en carta.
- Los precios reflejados en la carta se entienden como finales y completos, con IVA incluido. En caso de no incluirlo, deberá señalarse expresamente.
- El establecimiento debe facilitar un tupper al cliente si este desea llevarse el resto de la comida, pero puede cobrar por él siempre que se advierta.
- En caso de pedir por adelantado el pago de una reserva de mesa, esa cantidad deberá ser descontada luego del precio final.
- El establecimiento tiene la obligación de entregar el ticket o factura siempre con detalle de cada uno de los productos consumidos.
“En caso de problemas, el cliente puede pedir la hoja de reclamaciones. Si el establecimiento se niega a facilitarla, puede reclamar la presencia de la policía municipal para que levante acta”, recuerda la OCU.
Novedades destacadas
También te puede interesar