El lobby del aceite de palma arremete contra Chocolates Trapa por su publicidad
La Fundación Española del Aceite de Palma Sostenible pide el cese inmediato de la campaña publicitaria 'Compromiso: Sin aceite de Palma'. Denuncian que "la campaña se construye sobre la idea, no asumible por falta de demostración, de que el aceite de palma tiene implicaciones negativas para el medioambiente y para la salud humana".
La Fundación Española del Aceite de Palma Sostenible ha presentado una queja formal ante la Autorregulación de la Comunicación Comercial (“Autocontrol”) con respecto a la campaña publicitaria ‘Compromiso: Sin aceite de palma’ de Europraliné, S.L. (Chocolates Trapa).
En el documento, la Fundación explica que “obviando información objetiva esencial, la campaña se construye sobre la idea, no asumible por falta de demostración, de que el aceite de palma tiene implicaciones negativas para el medioambiente y para la salud humana”. Por ello, solicita su cese inmediato.
Para la propia Fundación, la campaña incurre, de conformidad con la Ley General de Publicidad y de la Ley de Competencia Desleal, en cuatro causas de ilicitud: El informe al que se hace referencia en la campaña sobre el impacto negativo de los cultivos de aceite de palma sobre la biodiversidad aparece de manera parcial “con el ánimo de sustentar una información sesgada; no es cierto que el bosque en el que se desarrolla la campaña sea primario. La Fundación alega la inexactitud de la localización; se incluye una afirmación genérica sobre los aspectos saludables del aceite de girasol y la manteca de cacao sin justificación alguna; y, por último, en la campaña se realizan manifestaciones que menosprecian el aceite de palma para la elaboración de productos.
Por tanto, la Fundación solicita al Jurado de la Publicidad que traslade la reclamación a Europraliné, S. L., para que se pronuncie sobre si acepta someterse a la Resolución y, en su caso, presente las alegaciones oportunas. Si así sucede, pide una Resolución declarando que la publicidad infringe los principios jurídicos y se inste a la compañía al cese de la campaña. Si no continuara con el procedimiento, la Fundación demanda al Jurado un dictamen sobre la campaña en cuestión.
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